domingo, 7 de junio de 2009
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"Las comunidades étnicas son consideradas por la constituciòn actual como comunidades culturales diferentes y las personas que las constituyen, en consecuencia, tratadas como portadoras de otros valores, con otras metas y otras ilusiones que las tradicionalmente sacralizadas con el sello de occidente" Corte constitucional. S. C. Abril 9/96.
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